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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37593 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 46
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37593 - Articulo 46
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Artículo 46
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Artículo 46. Cómputo de los plazos en CrearEmpresa. Tratándose de la notificación al domicilio electrónico permanente y al medio subsidiario, el usuario quedará notificado el día hábil siguiente al de la recepción de la notificación.

Para efectos legales, los plazos empezarán a correr a partir del día hábil siguiente de la notificación efectuada a todas las partes.


 

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