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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37593 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 52
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37593 - Articulo 52
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Artículo 52
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Artículo 52. Almacenamiento y custodia de la información. CrearEmpresa debe contar con los espacios físicos y los mecanismos óptimos para garantizar que la información se encuentra almacenada y custodiada, de modo que se eviten riesgos, daños, pérdida, destrucción, alteración, sustracción o divulgación indebida.


 

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