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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37593 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 58
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37593 - Articulo 58
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Artículo 58
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CAPÍTULO XI

Responsabilidades por el uso de CrearEmpresa

Artículo 58. Debida custodia y uso de la firma digital certificada. Es deber del usuario registrado de CrearEmpresa salvaguardar el medio de almacenamiento de la firma digital certificada en un lugar seguro y utilizarlo en forma personal para efectos de los trámites autorizados y conforme a los procedimientos establecidos, no revelando a nadie la clave de seguridad del certificado.


 

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