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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37593 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37593 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6. Registro de usuarios. Toda persona física o jurídica que realice trámites mediante CrearEmpresa, así como todo funcionario público que efectúe operaciones en el sistema, debe inscribirse en el Registro de Usuarios de CrearEmpresa. Este registro contiene datos de identificación y de contacto de los usuarios registrados.

Cuando el usuario registrado actúe en calidad de notario, CrearEmpresa verificará en forma electrónica en la Dirección Nacional de Notariado que este se encuentre habilitado legalmente para ejercer la función notarial.

En caso de que el usuario registrado actúe en virtud de un mandato cuyo poder debe inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, CrearEmpresa verificará en forma electrónica la vigencia del mandato y las facultades otorgadas.

Los usuarios registrados pueden otorgar poderes especiales, mediante CrearEmpresa, a efecto de que los apoderados realicen en el Sistema los actos para los cuales fueron autorizados, a excepción de cualquier acto registral.

Además, CrearEmpresa validará la información concerniente a las personas físicas nacionales que intervengan en la constitución de sociedades mercantiles y que realicen trámites en el Sistema, mediante verificación electrónica en las bases de datos del Registro Civil.


 

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