Artículo 103°-
Adolescencia y Medicina del Desarrollo
Requisitos
específicos:
a. Estar
debidamente inscrito como Especialista en Pediatría, en el Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica.
b. Aprobación de
dos (2) años en un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en la
Subespecialidad de Adolescencia y Medicina del Desarrollo, en un Hospital
Pediátrico de Tercer Nivel o Centro Especializado, perteneciente o adscrito a
una Universidad de reconocido prestigio.
- (Corrida
su numeración mediante sesión ordinaria N° 2015-12-02 del 2 de diciembre
del 2015, que lo traspasó del antiguo 102 al 103)
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