Artículo 115°-
Neurología Pediátrica
Requisitos
específicos:
a. Estar
debidamente inscrito como Especialista en Pediatría, en el Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica.
b. Aprobación de
dos (2) años en un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en la
Subespecialidad de Neurología Pediátrica, en un Hospital Pediátrico de Tercer
Nivel, perteneciente o adscrito a una Universidad de reconocido prestigio.
- (Corrida
su numeración mediante sesión ordinaria N° 2015-12-02 del 2 de diciembre
del 2015, que lo traspasó del antiguo 114 al 115)
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