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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37562 >> Fecha 08/01/2013 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37562 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22°.- Cirugía Torácica General

Requisitos específicos:

a. Estar debidamente inscrito como Especialista en Cirugía General, en el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

b. Aprobación de dos (2) años en un programa de estudios posgrado (residencia médica) en la Especialidad de Cirugía Torácica General, en un Hospital de Tercer Nivel, perteneciente o adscrito a una Universidad de reconocido prestigio. Este programa de estudios debe contemplar y garantizar rotaciones en adultos y niños.

 

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