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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37562 >> Fecha 08/01/2013 >> Articulo 63
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37562 - Articulo 63
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Artículo 63
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Artículo 63°.- Urología

Requisitos específicos:

a. Aprobación de cuatro (4) años en un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en la Especialidad de Urología, en un Hospital de Tercer Nivel, perteneciente o adscrito a una Universidad de reconocido prestigio.


 

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