Artículo
78°.- Subespecialidades de la Cirugía General
Se
reconocen como Subespecialidades de la Cirugía General las siguientes:
a. Cirugía
Gastroenterológica.
b. Coloproctología.
c. Cirugía de Trauma.
(Así
adicionado el inciso anterior mediante sesión ordinaria N° 2016-10-19 del
19 de octubre de 2016)
(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N°
2015-12-02 del 2 de diciembre del 2015, que lo traspasó del antiguo 77 al 78)
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