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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37562 >> Fecha 08/01/2013 >> Articulo 88
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37562 - Articulo 88
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Artículo 88
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Artículo 88°- Subespecialidad de la Medicina de Emergencias

Se reconoce como subespecialidad de la Medicina de Emergencias la siguiente:

                        a. Medicina de Emergencias Pediátricas.

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2015-12-02 del 2 de diciembre del 2015, que lo traspasó del antiguo 87 al 88)
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