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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37562 >> Fecha 08/01/2013 >> Articulo 158
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37562 - Articulo 158
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Artículo 158    (No vigente*)
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Artículo.158- Genética Clínica. Requisitos específicos:

a. Se reconocen como sinónimos de esta Especialidad, el siguiente término: Genética Médica.

b. Aprobación de dos (2) años en un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en la Especialidad de Pediatría, Ginecología y Obstetricia o Medicina Interna y la aprobación y acreditación de mínimo dos (2) años en un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en la Especialidad de Genética Clínica, en un Hospital de Tercer Nivel o Centro Especializado, perteneciente o adscrito a una Universidad.

Podrán también solicitar la inscripción en esta especialidad, aquellos Médicos y Cirujanos que cumplan con la aprobación de mínimo tres (3) años en un programa de estudios de posgrado (residencia médica) en la Especialidad de Genética Clínica, en un Hospital de Tercer Nivel o Centro Especializado, perteneciente o adscrito a una Universidad.

Este programa de estudios debe contemplar y garantizar como mínimo, aspectos teóricos y prácticos en:

i. Citogenética.

ii. Genética Molecular,

iii. Genética Bioquímica,

iv. Genética Médica.

 Médicas y demás legislación relacionada vigente.

(Así adicionado mediante Fe de Erratas, aprobada mediante acta N° 2019-09-11, del 11 de setiembre de 2019 y publicada en el Alcance Digital N° 211 de La Gaceta N° 184 del 30 de setiembre del 2019)

(Nota de Sinalevi: Mediante sesión ordinaria 2016-09-07 del 07 de setiembre del 2016, se ordena incluir un artículo 151, no obstante el presente reglamento llegaba hasta el artículo 148, al exigir el sistema un numero consecutivo el mismo fue creado pero sin texto)

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria 2016-10-19  del 19 de octubre de 2016,  que lo traspasó del antiguo 149 al 150)

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2016-11-30 del 30 de noviembre del 2016,  que lo traspasó del antiguo 150 al 151)

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2017-06-14  del 14 de junio del 2017, que lo traspasó del antiguo 151 al 152)

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2018- 01-31 del 31 de enero del 2018, que lo traspasó del antiguo 152 al 153)

(Corrida su numeración mediante sesión N° 2018-11-28 del 28 de noviembre del 2018, que lo traspasó del antigua 153 al 154)

(Corrida su numeración mediante sesión 2019-03-06 del 6 de marzo del 2019, que lo traspasó del antigua 154 al 155)

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2019-04-24 del 24 de abril del 2019, que lo traspasó del antigua 155 al 156 )

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2019-04-24 del 24 de abril del 2019, que lo traspasó del antigua 156 al 157 )

(Corrida su numeración mediante sesión ordinaria N° 2019-05-08 del 8 de mayo del 2019, que lo traspasó del antigua 157 al 158 )

 

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