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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37544 >> Fecha 12/02/2013 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37544 - Articulo 10
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Artículo 10    (No vigente*)
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Artículo 10º- Sesiones: El Consejo celebrará una sesión ordinaria por mes y sesionará extraordinariamente cuando así lo acuerden sus miembros o lo convoque el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien lo represente. El quórum para sesionar será de al menos de la mitad más uno de los integrantes del Consejo.


 

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