Artículo 15°-
Funciones de quien preside la Unidad Técnica: El Subgerente Técnico del INA o a
quien este designe.
Son funciones y
responsabilidades de quien preside la Unidad Técnica las siguientes:
a) Confeccionar el
orden del día de las sesiones, teniendo en cuenta las peticiones de las demás
personas integrantes.
b) Convocar a las y
los miembros(as) a sesiones ordinarias y extraordinarias y someter a aprobación
las actas de la Unidad Técnica.
c) Abrir, presidir,
suspender y levantar las sesiones.
d) Decidir con
doble voto los casos en que persista la situación de empate.
e) Velar por la
ejecución de los acuerdos, salvo cuando por razones especiales y debidamente
fundadas lo delegue en otro(a) integrante.
f) Autorizar con su
firma y las del secretario las actas de las sesiones.
g) Representar a la
Unidad Técnica en los actos en que sea invitada o convocada.
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