Artículo 16°-
Funciones del Secretario (a)
a) Levantar las
actas de cada sesión, indicando las votaciones obtenidas para cada acuerdo.
b) Redactar las
cartas y comunicados de la Unidad, enviándolas a los respectivos destinatarios.
c) Encargarse de la
logística de las sesiones y demás asuntos que sean encomendados en el seno de
la unidad.
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