Artículo 22º-
Responsabilidades de las entidades usuarias de la plataforma electrónica de:
a) Cumplir las
directrices emanadas por el Consejo del Portal de Empleo y Formación.
b) Cumplir los
lineamientos emanados por la Unidad Técnica y por la Administración de la
plataforma Electrónica, en cuanto a su uso e implementación.
c) Aplicar los
protocolos de comunicación definidos.
d) El área de
informática de las instituciones usuarias de la plataforma electrónica tendrán
la responsabilidad de ajustarse a los formatos y protocolos que el INA solicite
y en los plazos que establezca.
e) Alimentar la base
de información.
f) Velar por el
buen uso de la plataforma electrónica y tomar las previsiones para el correcto
manejo de la información contenida.
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