Artículo 4º-
Funciones del Portal de Empleo y Formación:
a) Facilitar el
acceso a Internet, de modo que alcancen al mayor número posible de ciudadanos
sin distinciones de ningún tipo, a través de una plataforma capaz de aprovechar
los avances en el campo de las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación en el marco de la formación y el empleo.
b) Ofrecer a través
del sitio Web información de los servicios estratégicos que ofrecen las
instancias que hacen uso y contribuyen con el Portal de Empleo y Formación, de
acuerdo con sus prioridades y la demanda de servicios de sus personas usuarias;
lo anterior en forma interactiva y cumpliendo con estándares de eficiencia y
seguridad de manera amigable.
c) Promover la
adopción de mecanismos de control y seguimiento que aseguren el uso de los
recursos informáticos, la utilización de formatos y estándares; así como la
integración de los sistemas de información en materia de formación y empleo.
d) Coordinar y
ejecutar todas aquellas disposiciones que sean establecidas por los órganos
políticos superiores, lo mismo que integrar las gestiones necesarias para la
coordinación y desarrollo del Portal de Empleo y formación
e) Concertar los
intereses de los órganos y entidades de los sectores mencionados, y su
colaboración, a efecto de lograr la coordinación en materia de formación
profesional y empleo.
f) Facilitar a las
personas usuarias las herramientas que les permita conocer y utilizar los
últimos avances tecnológicos en áreas como: formación virtual, empleo, acceso a
bibliotecas digitales, consulta de cursos, servicios para Pymes y otras
aplicaciones avanzadas en materia de formación y empleo.
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