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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 41
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 41
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Artículo 41
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Artículo 41° - Del fondo para la Gestión Integral de Residuos

Los recursos provenientes de la aplicación de la Ley No. 8839, ingresarán a la cuenta 73911121100018305 “Ministerio de Salud – Ley de Residuos”.


 

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