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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11° – Buzones de observaciones y opiniones

Los buzones de observaciones y opiniones sobre el tema de la gestión integral de residuos, deben estar instalados en las Áreas Rectoras de Salud del Ministerio de Salud, en las municipalidades o por un medio electrónico que pondrán a disposición dichas instituciones, que será un correo electrónico o un espacio dentro de la página Web de la institución.

Las observaciones y opiniones deben ser sistematizadas en forma inmediata, cuando las circunstancias lo ameriten.


 

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