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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29° – Del manejo de los residuos generados por instituciones públicas

El manejo de los residuos generados por las instituciones de la Administración Pública, empresas públicas y municipalidades, debe estar incluido en el Programa de Gestión Ambiental Institucional y respetando los principios contenidos en la Ley No. 8839.


 

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