Artículo 40 bis° - Solicitud de
los recursos. Para la asignación del
recurso indicado en el inciso b) del artículo 40º, el interesado debe presentar
a la Dirección de Atención al Cliente del Ministerio de Salud, una carta
solicitando el apoyo financiero, en la cual se deben desarrollar los criterios
indicados a continuación:
i.
Datos generales del solicitante:
Nombre, representante legal, cédula jurídica o física, teléfonos, dirección,
correo electrónico y página electrónica;
ii.
Nombre del Proyecto;
iii.
Síntesis del problema a resolver;
iv.
Objetivos;
v.
Metas sanitarias y ambientales;
vi.
Cobertura geográfica del proyecto;
vii. Etapas de
ejecución del proyecto total hasta su finalización;
viii.
Fuentes complementarias de financiamiento
diferentes al Fondo GIR;
ix. Principales aportes o beneficios del proyecto, tanto a nivel ambiental
como económico y social;
x. Demostrar la capacidad instalada (administrativa y técnica) para la
ejecución o supervisión del proyecto, adjuntando algún documento que demuestre
la experiencia del solicitante;
xi. Propuesta de programa de ejecución física, que contenga un cronograma y
programación financiera.
La Dirección de Atención al Cliente del Ministerio de
Salud tiene un plazo de tres días hábiles para remitir la solicitud a la
Dirección de Protección Radiológica y Salud Ambiental, quien se encargará de
presentar en la reunión más próxima de la Comisión Multinivel dicha solicitud,
para analizar el contenido, verificar la información presentada por el
interesado y de ser necesario esta dirección realizaría una única prevención en
un plazo de tres días hábiles contados a partir de la reunión de la Comisión
Multinivel, para que el interesado complete los requisitos omitidos en la
solicitud, que aclare o subsane la información.
El solicitante dispondrá de un plazo máximo de diez días
hábiles, contados a partir de la notificación de la prevención. Si incumple con
lo solicitado, sin más trámite la Dirección de Protección Radiológica y Salud
Ambiental procederá al archivo de la solicitud; además deberá informar lo
correspondiente a la Comisión Multinivel en la reunión más próxima.
De ser aprobado el proyecto y la asignación de recursos,
la Dirección de Protección Radiológica y Salud Ambiental así lo comunicará al
interesado, su gestión quedará sujeta a contenido presupuestario, para lo cual
dicha Dirección remitirá la documentación a la Unidad Ejecutora del
"Programa de Gestión Integral de Residuos", quien dará respuesta a
esta Dirección en un plazo de 15 días hábiles, la comunicación al interesado la
realizará esta última en un plazo de 3 días y la Dirección de Protección
Radiológica y Salud Ambiental del Ministerio de Salud, en la reunión más
próxima de la Comisión Multinivel informará lo correspondiente.
Para los usos establecidos en los incisos d) y e)
corresponderá a la programación establecida por el Ministerio de Salud. Los
fondos serán ejecutados por el Ministerio de Salud, tomando en cuenta las
prioridades sanitarias y ambientales definidas por este último.
(Así adicionado por el artículo 2° del
decreto ejecutivo N° 43450 del 8 de abril de 2022)