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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15° – De los instrumentos de planificación para la gestión integral de residuos

De conformidad con la Ley No. 8839, son instrumentos de planificación para la gestión integral de residuos los siguientes:

                        a. La Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos

                        b. El Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos;

                        c. Los Planes Municipales de Gestión Integral de Residuos;

                        d. Los Programas de Residuos por parte de los Generadores;

                        e. Los Planes Sectoriales de Residuos o por naturaleza de residuo;

f. Los Sistemas de Gestión Ambiental Institucional, que corresponden a los Programas de Gestión Ambiental Institucional establecidos en el Reglamento para la Elaboración de Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica.


 

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