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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19° – Mecanismo de evaluación de cumplimiento

El Ministerio de Salud deberá ejercer el control para el cumplimiento por parte de los actores de las responsabilidades establecidas en las acciones estratégicas del plan. Para esto realizará las siguientes acciones:

a. Convocar en forma semestral, a los actores responsables para coordinar las acciones relativas al cumplimiento del plan nacional

b. Evaluar periódicamente los impactos de la aplicación del plan de conformidad con el instrumento que al respecto establezca el Ministerio de Salud.

c. Solicitar una vez al año a los actores con responsabilidades asignadas en el plan, un informe sobre la implementación y cumplimiento de las acciones estratégicas que les corresponden.


 

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