Artículo 25° – Otras
acciones
Los generadores
podrán incorporar dentro del programa, otras acciones que promuevan medidas
para fomentar las compras sustentables, la implementación de los principios de
responsabilidad compartida y responsabilidad extendida del productor por medio
de acciones de diseño sostenible de producto, producción más limpia, esquemas
de recepción de productos o envases post consumo, para aquellos productos que
no hayan sido declarados de manejo especial por el Ministerio de Salud, de
conformidad con el artículo 41 de la Ley No. 8839.
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