CAPÍTULO II
COORDINACIÓN DE
ACCIONES
Sección I
COORDINACION
INTERINSTITUCIONAL
Artículo 3° –
Coordinación Interinstitucional
El Ministerio de
Salud emitirá las directrices para el proceso de la formulación, ejecución,
evaluación y actualización periódica de la Política Nacional y el Plan Nacional
de Gestión Integral de Residuos. La aplicación de este proceso se hará en
coordinación con el MINAET, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y
los representantes de las organizaciones que conforman la Plataforma consultiva
según el artículo 6° del presente reglamento.
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