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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 08/04/2013 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°—Condiciones en que se otorgan las licencias. Las licencias constituyen una autorización para comercializar al detalle bebidas con contenido alcohólico en el cantón, y se otorgarán únicamente para el ejercicio de la actividad que ellas mismas determinan y en las condiciones que establece la resolución administrativa que se dicte con ese fin.

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