Artículo 12.—El JURADO EVALUADOR. El JURADO EVALUADOR es el órgano decisorio
para el otorgamiento del PREMIO y del RECONOCIMIENTO. El JURADO EVALUADOR
estará conformado por cinco miembros nombrados para cada edición y podrán ser
reelectos. No se podrán designar suplentes a los miembros del JURADO EVALUADOR,
excepto en los casos previstos en el inciso g) del artículo 10. Los miembros
del JURADO EVALUADOR serán designados por el COMITÉ TÉCNICO y deberán tener un
perfil que los identifique como personas con conocimientos en la evaluación de
procesos de calidad o de prestación de servicios, de reconocida experiencia
profesional y amplia credibilidad en los ámbitos de la administración pública y
privada. El desempeño de los cargos de las y los miembros del JURADO EVALUADOR
es honorífico, por lo tanto no recibirán retribución alguna por el desempeño de
sus funciones. Las decisiones que adopte el JURADO EVALUADOR serán imparciales
y estarán fundamentadas en principios de igualdad, independencia y objetividad.
Cada miembro del JURADO EVALUADOR tendrá las siguientes funciones y
obligaciones:
a. Estudiar y evaluar el INFORME DE POSTULACIÓN y el INFORME DE REALIMENTACIÓN
asignados por el COMITÉ TÉCNICO.
b. Exponer ante los demás miembros sobre los estudios efectuados de las
instituciones que le fueron asignadas para su evaluación, realizando
conclusiones sobre sus fortalezas y oportunidades de mejora identificadas.
c. Votar para el otorgamiento del PREMIO y del RECONOCIMIENTO, en forma
verbal y razonada, conforme los atestados recabados para ello.
d. Abstenerse de votar en casos de conflicto de intereses, cuando
pertenezca a las instituciones públicas postulantes que sean objeto de
deliberación por parte del JURADO EVALUADOR y cuando mantengan una relación de
asesoría o consultoría con estas.
e. No aceptar dádivas, obsequios o regalías de ninguna institución pública
postulante ni de cualquier tercero con motivo de sus funciones dentro del
JURADO EVALUADOR.
f. No divulgar las votaciones otorgadas y actuar con sigilo respecto de las
deliberaciones en que participe.
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