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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37632 >> Fecha 31/10/2012 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37632 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Ámbito de aplicación: El presente reglamento abarca todos los productos alérgenos y materias primas que se pretendan utilizar a nivel nacional para el diagnóstico o tratamiento de enfermedades alérgicas y que se encuentren bajo el cuidado de un médico alergólogo. Asimismo, es de cumplimiento obligatorio para todo médico alergólogo que solicite la importación de tales medicamentos y para toda droguería que realice dicha importación.

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