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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37480 >> Fecha 09/01/2013 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37480 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Las instituciones miembros de la Comisión Nacional sobre Incendios Forestales (CONIFOR) deberán establecer anualmente en concordancia con la Estrategia Nacional de Manejo Integral del Fuego, programas orientados a contribuir a la prevención y control de los incendios forestales y quemas agrícolas; optimizando el uso del fuego en los terrenos a nivel nacional, dándole seguimiento a las políticas definidas en el presente decreto ejecutivo.

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