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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37682 >> Fecha 15/04/2013 >> Articulo 40
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37682 - Articulo 40
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Artículo 40
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Artículo 40.—Cuando se estimare que existe justa causa para remover algún miembro del Patronato Escolar, el asunto o denuncia será puesto en conocimiento del respectivo Supervisor de Centros Educativos como primera instancia, para que éste investigue lo denunciado en un plazo de cinco días hábiles. Si existiere mérito, deberá notificarse al miembro denunciado para que éste alegue lo pertinente y ejerza su derecho de defensa.


 

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