11. TRAZABILIDAD O RASTREABILIDAD.
11.1. Debe existir trazabilidad del producto a través de la cadena de
fabricación, almacenamientoy
distribución. Esta es una responsabilidad compartida entre todas las partes
involucradas. Deben existir procedimientos para asegurar la trazabilidad
documental de los productos recibidos en la droguería y distribuidos por la
misma para facilitar el retiro del mercado en caso necesario y facilitar
investigaciones en caso de sospecha de falsificación u otra razón que defina el
Ministerio.
11.2. Debe existir registros con toda la información necesaria que permita la
trazabilidad del producto para su localización.
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