Artículo 29. De los informes anuales. La Junta remitirá cada año, una
vez analizados y ratificados por Junta Administradora, los estados financieros
auditados al 31 de Diciembre del año anterior por la Auditoría Externa,
contratada al efecto por la Operadora conforme la normativa aplicable, a la
Junta Directiva del Instituto y a la Asamblea General, sobre las operaciones
financieras del Fondo realizadas durante el período anterior.
(Así reformado mediante sesión ordinaria N° 5921
del 22 de febrero del 2016)
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