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 Normativa >> Reglamento municipal 21 >> Fecha 27/05/2013 >> Articulo 8
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Normativa - Reglamento municipal 21 - Articulo 8
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Artículo 8
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CAPÍTULO IV

Del otorgamiento de las licencias para la comercialización
de bebidas con contenido alcohólico

Artículo 8°—Competencia para su otorgamiento. Con excepción de la licencia temporal y tipo E, toda solicitud de licencia de para el expendio de bebidas con contenido alcohólico será resuelta por la Dirección Financiera – Tributaria de la Municipalidad, decisión que será motivada.

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