Artículo
25.—Asignación de Recursos. La Administración activa de la Institución,
deberá asignar los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y
otros necesarios y suficientes para que la Auditoría Interna
pueda cumplir con su gestión, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley
General de Control Interno.
Para
efectos presupuestarios, se dará a la Auditoría Interna
una categoría programática; para la asignación y disposición de sus recursos,
se tomarán en cuenta el criterio del Auditor Interno y las instrucciones que
emita al respecto la Contraloría General de la República. La
Auditoría Interna ejecutará su presupuesto conforme lo determinen sus
necesidades para cumplir su plan de trabajo.
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