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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37735 >> Fecha 06/05/2013 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37735 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.—Funciones de MIDEPLAN. Dentro del SNP corresponderá a MIDEPLAN:

a)         Ejercer la rectoría técnica del SNP, así como la técnica y política de sus Subsistemas.

b)         Coordinar los procesos de planificación del desarrollo del país, con visión de largo, mediano y corto plazo.

c)         Realizar estudios sobre la realidad nacional para fundamentar la toma de decisiones en los procesos de planificación.

d)         Promover la efectividad en la gestión pública, con componentes de desconcentración y descentralización.

e)         Coordinar y velar por el buen funcionamiento del SNP y por el cumplimiento de las metas asignadas a sus órganos y subsistemas.

f)          Incorporar la visión de mediano y largo plazo en los procesos de planificación nacional, sectorial, regional e institucional.

g)         Formular el PEN, el PND y los PRD e implementar mecanismos de seguimiento y evaluación de las políticas y las metas establecidas.

h)         Participar en los procesos de ordenamiento y planificación territorial.

i)          Analizar las evaluaciones de impacto de políticas, planes, programas y proyectos, realizadas por las instituciones en diversos niveles de planificación.

j)          Dirigir y coordinar el efectivo funcionamiento en forma integral de los Subsistemas del SNP.

k)         Promover mecanismos que garanticen una efectiva transparencia y rendición de cuentas en la función pública, con participación ciudadana en la planificación pública y en el cumplimiento de metas.

l)          Crear procesos integrados de planificación y desarrollo regional, que contribuyan a mejorar las condiciones de vida con equidad territorial, respetando las identidades culturales.

m)        Implementar la capacitación y la formación permanente de las y los funcionarios en áreas de planificación del desarrollo con el fin de generar una adecuada operación y funcionamiento de los órganos y operadores del SNP.

n)         Designar a la o el Secretario Técnico del SNP.

o)         Promover que las UPI dispongan de los recursos necesarios para atender sus funciones. 

p)         Cualesquiera otras que contribuyan al logro de sus cometidos.

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