Artículo 68.—Selección de las evaluaciones
estratégicas. La
Comisión de Coordinación Técnica Interinstitucional de
Planificación, Programación y Evaluación de la Gestión Institucional
y Sectorial del Poder Ejecutivo definirá anualmente las políticas, planes,
programas o proyectos que deben ser evaluados en su efectividad de manera
especial por las instituciones. MIDEPLAN elaborará la metodología para realizar
esas definiciones. La
Comisión promoverá ante el Ministerio de Hacienda y la Contraloría General
de la República que se asignen los recursos necesarios
en los presupuestos de las instituciones involucradas.
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