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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37735 >> Fecha 06/05/2013 >> Articulo 80
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37735 - Articulo 80
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Artículo 80
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Artículo 80.—Reformas. a) Refórmase el inciso V) del artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 7944-P de 26 de enero de 1978, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

“V) Región Huetar Caribe: Comprende los siguientes cantones de la provincia de Limón: Limón, Pococí, Siquirres, Talamanca, Matina y Guácimo.”

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