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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37735 >> Fecha 06/05/2013 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37735 - Articulo 18
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Artículo 18
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CAPÍTULO II

Funciones de los Órganos del
Sistema Nacional de Planificación

Artículo 18.—Funciones de la o el Presidente de la República. Dentro del SNP, corresponderá a la o el Presidente de la República:

a)         La dirección política del SNP.

b)         Emitir los lineamientos políticos para la formulación de los PEN, los PND y los PNS.

c)         Tomar las medidas procedentes tendientes a garantizar el buen funcionamiento del SNP y en particular el cumplimiento de las metas del PND.

d)         Emitir el PEN, los PRD y el PND conjuntamente con la o el Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, de acuerdo con los períodos de vigencia establecidos para cada uno de ellos, así como sus actualizaciones.

e)         Emitir los PNS conjuntamente con la o el Ministro de Planificación Nacional y Política Económica y la o el Ministro Rector del respectivo sector.

f)          Velar por el cumplimiento de las metas establecidas en el PEN, el PND a cargo de las o los jerarcas institucionales.

Los instrumentos del SNP que se emitan se ajustarán a las políticas y estrategias definidas por la o el Presidente de la República.

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