Artículo 32.—Instrumentos del Subsistema de
Planificación del Desarrollo. El Subsistema de Planificación del Desarrollo
implementará los siguientes instrumentos:
a) El PEN.
b) El PND.
c) Los PEI.
d) Los PNS.
e) Los PRD.
f) Informes anuales de análisis de
ejecución de políticas, planes y programas estratégicos sobre el desarrollo del
país.
g) Otros instrumentos congruentes con sus
fines y funciones.
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