Artículo 34.—De las responsabilidades de
las instituciones con el Subsistema de Planificación del Desarrollo. Las
instituciones tendrán las siguientes responsabilidades con el Subsistema de
Planificación del Desarrollo:
a) Participar en la formulación del PEN,
del PND y los PNS.
b) Garantizar la coordinación sectorial
entre las instituciones que integran cada sector.
c) Generar y aportar información oportuna
y de calidad sobre el desarrollo institucional y su aporte al país.
d) Acatar los lineamientos, metodologías y
procedimientos de MIDEPLAN en relación con el seguimiento del cumplimiento
institucional y sectorial de las metas establecidas en el PEN, el PND y los
PNS.
e) Participar y colaborar en actividades
de capacitación que realice o coordine el Subsistema.
f) Realizar informes, estudios y atender
consultas públicas en relación con las
funciones que corresponden al Subsistema.
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