Artículo
37.—Integración y rectoría del Subsistema de Gestión Pública. El
Subsistema de Gestión Pública estará conformado por las instituciones según lo
establecido en el artículo 3º de este Reglamento.
La
rectoría del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN, conforme lo establecido en
el inciso a) del artículo 19 de este Reglamento.
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