Artículo
56.—Integración y rectoría del Subsistema de Planificación Regional. El
Subsistema de Planificación Regional estará conformado por las instituciones
según lo establecido en el artículo 3º de este Reglamento.
La
rectoría del Subsistema estará a cargo de MIDEPLAN, conforme lo establecido en
el inciso a) del artículo 19 de este Reglamento.
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