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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37735 >> Fecha 06/05/2013 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37735 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Principios del SNP. Los principios que sustentan el funcionamiento del SNP serán:

a)         Adaptabilidad: las instituciones y subsistemas del SNP analizarán el entorno y adaptarán sus acciones a los cambios sociales.

b)         Coordinación: las instituciones del SNP actuarán en forma articulada para la obtención de los objetivos del SNP, con visión nacional, sectorial y regional.

c)         Efectividad: los procesos de planificación, ejecución y evaluación deberán desarrollarse con la mayor eficacia y eficiencia posibles, promoviendo su valor público.

d)         Equidad: la planificación se ejecutará con criterios de protección de los diversos sectores tradicionalmente marginados. 

e)         Imparcialidad: las instituciones del SNP actuarán objetivamente, sin incurrir en discriminaciones improcedentes.

f)          Integración: las instituciones y subsistemas del SNP deberán armonizar sus instrumentos de planificación para alcanzar efectivamente los objetivos establecidos.

g)         Legalidad: las actividades de planificación se ajustarán a las disposiciones generales y a los principios generales que integran el Ordenamiento Jurídico.

h)         Oportunidad: los productos del SNP deberán guardar concordancia con las necesidades reales en el momento previsto.

i)          Participación: se garantiza la participación institucional y ciudadana efectiva en las instancias y los procesos de planificación.

j)          Razonabilidad: las funciones de planificación deberán desarrollarse en forma congruente con los objetivos del SNP.

k)         Simplicidad: los instrumentos de planificación deberán ser simples y fácilmente comprensibles, así como concebidos con simplificación de trámites.

l)          Transparencia: el proceso de planificación garantizará el derecho de los habitantes de acceso a la información pública, que no sea confidencial según la ley.

m)        Universalidad: los objetivos y metas de la planificación nacional deberán comprender la orientación de todas las actividades públicas.

n)         Vinculación: las disposiciones de rectoría generadas en el SNP tendrán carácter obligatorio para las instituciones.

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