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 Normativa >> Reglamento municipal 97 >> Fecha 19/07/2011 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento municipal 97 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—En caso de ampliación o modificación de las Obras Constructivas se deberá cumplir nuevamente con los trámites de Licencia de Construcción señalados en este reglamento.

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