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 Normativa >> Reglamento municipal 97 >> Fecha 19/07/2011 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 97 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.—El pago por concepto de patente se fijara de acuerdo a los parámetros establecidos en la respectiva Ley de Patentes de la Municipalidad, conforme al artículo 79 del Código Municipal, tanto para los Operadores, Proveedores de Infraestructura, Proveedores de servicio, o en cualquier condición similar, mediante la información suministrada para estos efectos por el administrado.

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