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 Normativa >> Reglamento municipal 97 >> Fecha 19/07/2011 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 97 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Se establecen como sus objetivos específicos:

1.         Asegurar que las Obras Constructivas sean realizadas de conformidad con las especificaciones técnicas bajo las cuales fueron autorizadas.

2.         Propiciar razonablemente la minimización del impacto visual y ambiental sin perjuicio de la legislación nacional vigente.

3.         Verificar que las actividades desplegadas se enmarquen dentro de las regulaciones existentes en materia de patentes, de acuerdo al artículo 79 del Código Municipal y la Ley de Patentes de la Municipalidad, o la normativa legal vigente.

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