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 Normativa >> Reglamento municipal 97 >> Fecha 19/07/2011 >> Articulo 7
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Normativa - Reglamento municipal 97 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—La Municipalidad tendrá un registro, actualizado y disponible al público que incluya la siguiente información: (1) nombre del solicitante; (2) georeferenciación en coordenadas de longitud y latitud en formatos Proyección Lamberth, WGS84 y/o CRTM05; (3) certificado de Uso de Suelo (4) Licencia de Construcción (5) Patente Municipal.

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