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 Normativa >> Reglamento municipal 57 >> Fecha 03/06/2013 >> Articulo 4
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<<     Artículo 4     >>
Normativa - Reglamento municipal 57 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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Artículo 4º—Para tramitar cualquier licencia urbanística deberá presentarse el plano catastrado del inmueble y la autorización del propietario actual de la misma (formalizado con la firma del propietario en el formulario o carta de solicitud según sea el caso).


 

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