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 Normativa >> Reglamento municipal 57 >> Fecha 03/06/2013 >> Articulo 79
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Normativa - Reglamento municipal 57 - Articulo 79
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Artículo 79    (No vigente*)
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Artículo 79.—Los planos serán revisados por la D.O.O. en apego al Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, dará las recomendaciones del caso, emitiendo su dictamen final al Concejo Municipal. La Municipalidad de Esparza, se reserva el derecho de aceptar el diseño urbanístico, de solicitar la eliminación o nuevas previstas de calle, o de solicitar la reubicación de las Áreas Comunales, de Parque y de Juegos Infantiles.

La aprobación de un anteproyecto no garantiza el permiso de construcción.


 

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