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 Normativa >> Reglamento municipal 161 >> Fecha 18/06/2013 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento municipal 161 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—La entrega de las menciones honoríficas se realizará en una Sesión del Concejo Municipal, ya sea ordinaria o extraordinaria a criterio de los regidores y regidoras.

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