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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37801 >> Fecha 17/05/2013 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37801 - Articulo 23
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Artículo 23
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SECCIÓN II

Juntas de Educación y Juntas

Administrativas de Educación

Artículo 23.—Integración y juramentación de las Juntas. Las Juntas de Educación de los centros educativos del primero y segundo ciclo de la educación general básica y Juntas Administrativas de Educación de los centros educativos del tercer ciclo de la educación general básica y la educación diversificada, ubicados en territorios indígenas, serán integradas por personas indígenas únicamente y serán juramentadas por los Consejos Locales de Educación del Territorio respectivo.


 

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